Las distintas legislaciones aplicables en el ámbito español establecen la obligación de llevar a cabo diversos trámites administrativos previos a la puesta en marcha de determinadas actividades relacionadas con el medio acuático. Por ejemplo, cualquier uso de las aguas públicas y/o del dominio público hidráulico o marítimo-terrestre, como el aprovechamiento de aguas, la navegación por ríos y embalses, la extracción de áridos, la realización de obras o el vertido directo o indirecto al medio de aguas y productos residuales, requieren autorización o concesión administrativa.