Aguas continentales
Las aguas continentales (tanto superficiales como subterráneas) constituyen a la vez la fuente natural del recurso para el funcionamiento de la actividad humana y son el medio en el que se desarrollan los ecosistemas dulceacuícolas. A continuación se indican referencias bibliográficas y enlaces de interés para las calidades de las aguas requeridas para los distintos usos.
La información sobre la calidad de las aguas continentales, tanto superficiales como subterráneas, se puede encontrar en la página web de las distintas Confederaciones Hidrográficas y del Ministerio de Medio Ambiente:
- Memoria “Medio Ambiente en España 2003”, Cap. III: El Estado del Medio Ambiente y Evolución, A. Actuaciones y logros sectoriales, 2. Calidad de las aguas continentales, del Ministerio de Medio Ambiente.
- Memoria “Medio Ambiente en España 2004”, Cap. III: Estado y Evolución del Medio Ambiente, 2. Aguas y costas, 3. Control y vigilancia de la calidad de las aguas continentales, del Ministerio de Medio Ambiente.
Dentro de las aguas continentales, el agua utilizable para abastecimiento (agua prepotable) debe cumplir con la Directiva 75/440/CEE (derogada a partir del 22/12/2007 por la Directiva 2000/60/CE) y su uso, después de un tratamiento de potabilización, debe ajustarse a la Directiva 98/83/CEE.
En España, la calidad del agua de abastecimiento debe cumplir con el RD 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios del agua de consumo humano.
Las normas de calidad a nivel internacional se pueden consultar en el libro “Guidelines for drinking water quality”, 3ª edición, (pdf 5,34 Mb) que se puede descargar por capítulos de la página web de la Organización Mundial de la Salud.
El agua se utiliza en la industria para usos muy diversos y las calidades exigidas varían según estos usos. El mayor volumen de agua utilizado corresponde al agua de refrigeración cuyo principal parámetro limitativo es la temperatura, pudiendo utilizarse en muchos casos incluso agua de mar. En el otro extremo, el uso de agua para producir vapor requiere agua muy pura que obliga a tratamientos sofisticados como el intercambio iónico o la ósmosis inversa. Como bibliografía sobre calidades de agua para la industria se pueden consultar los siguientes libros:
- “Manual Técnico del Agua”. Degrémont. 4ª edición, 1979.
- "The Nalco Water Handbook”. Editorial Mc Graw & Hill – New York. 2ª edición, 1988.
El uso del agua para riego está limitado básicamente por el contenido en sales disueltas y la presencia de microorganismos patógenos. Las calidades de aguas para riego desde el punto de vista de su contenido en sales se puede consultar en el documento “Diagnóstico de Aguas de Riego” del portal agrario Infoagro.
La calidad del agua para baño es objeto de la Directiva 2006/7/CE a y los principales parámetros regulados son los microorganismos patógenos. En España, la calidad de aguas de baño está regulada por el Real Decreto 734/1988. Además la Organización Mundial de la Salud ha editado normas internacionales que pueden consultarse en el libro “WHO´s Guidelines for Safe Recreational Water Environments. Volume 1: Coastal and freshwaters” que puede obtenerse en versión pdf en la página web de la OMS. En las Memorias “Medio Ambiente en España 2003” y “Medio Ambiente en España 2004” se puede encontrar información acerca de la calidad de las aguas de baño en España.
La calidad del agua para la cría de los peces está regulada por la Directiva 78/659/CEE (derogada a partir del 22/12/2013 por la Directiva 2000/60/CE) que se refiere exclusivamente a las especies dulceacuícolas. Resulta imposible definir una calidad ecológica de las aguas en la que tengan cabida todos los componentes de los distintos ecosistemas fluviales o lacustres, por lo que se debe buscar como ideal la calidad “natural” del agua que sería aquella que existiría si no se produjera la acción antrópica. Desde un punto de vista pragmático, habrá que proteger los ecosistemas contra la eutrofización producida por la acumulación de nutrientes, aportados por vertidos insuficientemente depurados y por los fertilizantes arrastrados por las lluvias y las aguas de retorno de riegos, así como por las sustancias bioacumulables a lo largo de la cadena trófica como los pesticidas.
La Directiva Marco del Agua (DMA) establece el concepto de estado ecológico del agua, tanto para aguas continentales como marinas, así como indicadores de calidad para la clasificación del estado ecológico de las aguas. Para conseguir un buen estado ecológico, la DMA requiere la reducción de la contaminación por nutrientes, materia orgánica y sustancias peligrosas, y el control de las extracciones de aguas superficiales y subterráneas.
La calidad de las aguas subterráneas se puede consultar en las Memorias “Medio Ambiente en España” y en los Informes de Coyuntura Anuales del Ministerio de Medio Ambiente.
Los controles de calidad de las aguas se realizan por las Confederaciones Hidrográficas en estaciones de la Red ICA (ver páginas web de las distintas confederaciones hidrográficas) para las aguas superficiales y en la Red de Control de Aguas Subterráneas para éstas últimas.
Se pueden encontrar enlaces útiles sobre contaminación de aguas continentales en el suplemento electrónico de Hispagua “La contaminación del agua” (junio 2006).
Para obtener información sobre métodos de análisis del agua, se recomienda la siguiente bibliografía:
- “Análisis de las aguas”. J. Rodier. Editorial Omega (1990).
- “Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater”. American Public Health Association (APHA), American Water Works Association (AWWA) & Water Environment Federation (WEF). 21 edición, 2005.
Aguas litorales y marinas
Los principales usos de las aguas litorales y marinas son el baño, la cría de moluscos, las piscifactorías, la pesca y, en general, las actividades recreativas. Por ello, las administraciones competentes deben velar por el mantenimiento de los ecosistemas litoral y marino.
Para el caso del baño, los requerimientos no difieren de los de las aguas continentales (ver el libro “WHO´s Guidelines for Safe Recreational Water Environments. Volume 1: Coastal and freshwaters” de la OMS).
Para la cría de moluscos, el agua debe cumplir la Directiva 79/923/CE (derogada a partir del 22/12/2013 por la Directiva 2000/60/CE) y el Real Decreto 345/1993, de 05 de marzo (derogado parcialmente por el Real Decreto 571/1999).
Para las piscifactorías y la pesca, los principales requerimientos de calidad se refieren a los parámetros fisicoquímicos (temperatura, pH, oxígeno disuelto y sólidos en suspensión), los nutrientes, los metales pesados y los contaminantes orgánicos persistentes. Como bibliografía sobre la calidad del agua para los peces marinos y la piscicultura, se puede consultar el libro “Acuicultura marina” de F.Castelló Orvay (se puede solicitar a través de la página web www.libreriadenautica.com).
Para el mantenimiento de los ecosistemas marinos, España ha firmado una serie de convenios internacionales destinados a prevenir la contaminación marina, como el OSPAR para la protección del medio marino del Atlántico Nordeste o el de Barcelona para la protección del medio marino y de la zona costera del Mediterráneo.
La calidad de las aguas marinas es competencia de las Comunidades Autónomas que han establecido redes de control.
En la Memorias “Medio Ambiente en España 2003” y “Medio Ambiente en España 2004” se puede encontrar información acerca de la calidad de las aguas de baño en España.
Para obtener información sobre métodos de análisis del agua, la bibliografía que se ha recomendado para el caso de las aguas continentales puede resultar útil.